Los trabajadores en relación de dependencia tienen derecho a cambiar de obra social una vez por año calendario, durante el mes de marzo, según lo establece la Ley 23.660 y la resolución de la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). En 2026, el período de opción libre se extendió excepcionalmente hasta el 30 de abril por resolución del organismo.
Quiénes pueden cambiar de obra social
Tienen derecho al cambio los trabajadores en relación de dependencia afiliados al sistema de obras sociales nacionales regulado por la SSS. No aplica a empleados de obras sociales provinciales, del PAMI, del ISSSJ ni de otras entidades con regímenes propios. Los monotributistas también pueden optar entre las obras sociales del listado de la SSS, con un mecanismo diferente al de los trabajadores en relación de dependencia.
Plazos del período de opción 2026
| Evento | Fecha |
|---|---|
| Inicio del período de opción | 1.° de marzo de 2026 |
| Cierre del período (extendido) | 30 de abril de 2026 |
| Inicio de cobertura en la nueva obra social | 1.° de junio de 2026 |
Pasos para realizar el cambio
- Elegir la nueva obra social del listado disponible en sss.gob.ar.
- Completar el formulario de opción en la página de la SSS o directamente en la nueva obra social.
- Presentar DNI y recibo de sueldo reciente en la sede de la obra social elegida.
- La nueva obra social notifica a la anterior. No es necesario realizar ningún trámite en la obra social de origen.
- La cobertura en la nueva entidad comienza el primer día del segundo mes posterior al de la solicitud.
Qué pasa con la cobertura durante la transición
La obra social de origen mantiene la cobertura hasta el último día del mes en que se realizó el trámite. La nueva obra social comienza a cubrir el primer día del segundo mes siguiente. Durante el mes intermedio, el trabajador queda cubierto por la obra social de origen, que continúa recibiendo los aportes de ese período.
Período de carencia en la nueva obra social
La ley prohíbe a las obras sociales aplicar períodos de carencia por preexistencias a los afiliados que se incorporan por opción de cambio. Esto significa que la nueva cobertura comienza sin restricciones por condiciones de salud previas. La obra social no puede solicitar declaración jurada de salud ni imponer limitaciones en la cobertura durante los primeros meses de afiliación.
Cambio en monotributistas: cómo funciona
Los monotributistas pueden elegir obra social en cualquier momento del año, no solo en marzo. El trámite se realiza a través del portal de ARCA al momento de inscribirse en el Monotributo o en cualquier oportunidad posterior. La obra social asignada por defecto es la que corresponde a la actividad declarada, pero puede cambiarse libremente eligiendo cualquiera del listado habilitado por la SSS. La cuota que aporta el monotributista es fija y no depende del nivel de ingresos.
